Impuesto sobre Sociedades: deducciones y ventajas fiscales para pymes en 2026

AFO Asesores - Economista colegiado · · 8 min de lectura

El Impuesto sobre Sociedades (IS) grava el beneficio de las personas jurídicas. En España, el tipo general es el 25%, aunque para empresas de nueva creación aplica el 15% durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva.

Pero el tipo nominal es solo el punto de partida. El IS tiene un catálogo de deducciones, bonificaciones y beneficios fiscales que, bien aplicados, pueden reducir significativamente la carga fiscal efectiva. Este artículo repasa los más relevantes para pymes.

Tipo de gravamen en el IS para pymes

  • Tipo general: 25% sobre la base imponible.
  • Entidades de nueva creación: 15% los dos primeros ejercicios con base imponible positiva.
  • Micropymes: Desde 2023, tipo reducido del 23% para empresas con cifra de negocios inferior a 1 millón de euros.
  • Cooperativas: Tipos especiales según modalidad.

La Reserva de Capitalización

Es una de las mejores herramientas de planificación en el IS. Permite reducir la base imponible en un 10% del incremento de los fondos propios, siempre que:

  1. El incremento de fondos propios se mantenga durante 5 años (salvo pérdidas).
  2. Se dote una reserva indisponible por el importe de la reducción.

Ejemplo práctico: Si los fondos propios de tu empresa crecen en 100.000 € (es decir, el beneficio retenido es de 100.000 €), puedes reducir la base imponible en 10.000 €, lo que supone un ahorro de 2.500 € de IS (al 25%).

La clave es que la empresa no distribuya dividendos y reinvierta beneficios: a más beneficio reinvertido, mayor reducción.

La Reserva de Nivelación (solo para pymes)

Exclusiva para empresas con cifra de negocios inferior a 10 millones de euros. Permite diferir hasta el 10% de la base imponible positiva (máximo 1 millón de euros) a futuros ejercicios con pérdidas.

  • Si en los 5 años siguientes hay pérdidas, se compensa con la reserva dotada (el impuesto ya pagado se “recupera” vía menor base futura).
  • Si no hay pérdidas en esos 5 años, la reserva se incorpora a la base imponible del 5º año (se ingresa el impuesto diferido).

Ventaja: En el mejor caso, convierte beneficios presentes en pérdidas futuras, reduciendo el IS en el año de la dotación. En el peor caso, simplemente difiere el pago 5 años.

Deducción por I+D+i

Quizá la deducción más potente pero también la más infrautilizada. Permite deducir de la cuota del IS un porcentaje de los gastos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica:

  • I+D: 25% de los gastos del ejercicio. Si superan la media de los 2 ejercicios anteriores, el exceso deduce al 42%.
  • Innovación tecnológica: 12% de los gastos.
  • Si los gastos de personal investigador superan el 10% de los gastos totales de I+D, existe un complemento del 17%.

Importante: La deducción puede aplicarse incluso cuando supera la cuota del IS: hasta el 25% (o 50% si los gastos superan el 10% de la cuota) puede generarse un crédito a devolver o a aplicar en ejercicios futuros, previo descuento del 20%.

Deducción por inversión en producciones cinematográficas y teatrales

Para empresas que inviertan en cine, series, teatro o espectáculos. La deducción puede ser del 30% o del 25% sobre el importe de la inversión, con ciertos requisitos. No es habitual en la mayoría de pymes, pero en determinados perfiles puede ser una oportunidad.

Deducción por creación de empleo

La contratación de trabajadores con discapacidad genera una deducción de 9.000 € o 12.000 € por persona/año según el grado de discapacidad.

Amortizaciones aceleradas y libertad de amortización

Las pymes pueden amortizar libremente elementos del inmovilizado material e intangible en determinados supuestos:

  • Elementos adquiridos nuevos durante los dos primeros años de actividad.
  • Elementos con derecho a libre amortización cuando se produce creación de empleo.

La amortización acelerada o libre permite adelantar el gasto fiscal, reduciendo el IS en los primeros años de vida de la inversión.

Corrección monetaria en transmisiones de inmuebles

Cuando una empresa transmite un inmueble con años de antigüedad, existe un mecanismo de corrección monetaria que reduce la ganancia imputable por el efecto de la inflación. Solo aplica a inmuebles, no a otros activos.

Planificación del cierre del ejercicio

Las decisiones que más afectan al IS se toman antes del cierre del ejercicio. Una vez cerrado el año, el margen de actuación es mucho menor.

Entre las palancas disponibles antes del 31 de diciembre:

  • Adelantar o diferir inversiones con impacto en la amortización.
  • Revisar provisiones deducibles (insolvencias, reparaciones, responsabilidades).
  • Decidir sobre la dotación a la reserva de capitalización y nivelación.
  • Analizar la política de retribución de socios/administradores.
  • Revisar operaciones vinculadas y precios de transferencia.

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Este artículo tiene carácter informativo. La normativa fiscal varía y cada situación empresarial es diferente.

AFO

AFO Asesores - Economista colegiado

Despacho colegiado en el Colegio de Economistas de Madrid y miembro del Registro de Economistas Auditores (REC). Más de 20 años de experiencia en asesoría fiscal, contable y auditoría para particulares y empresas.

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