Impuestos Generados por la Actividad de un TAXI - Estimación objetiva y Régimen Simplificado de IVA
Los taxistas son trabajadores autónomos, por lo que deben cotizar en el RETA, abonando así las cuotas mensuales. Esto les hace trabajar legalmente y les obliga a cierta responsabilidades con Hacienda.
En cuanto al IVA - los taxistas deben presentar declaraciones trimestrales. Por normal general suelen presentarse uno de estos dos modelos:
Régimen simplificado - sistema basado a través del cálculo de unos módulos, como número de empleados, kilómetros entre otros, para determinar los rendimientos de la actividad. Si optas por este régimen, estás obligado a tributar en IPRF bajo el método de estimación objetiva.
Régimen general: los taxistas deben facturar sus servicios aplicando el IVA que le corresponda. La declaración se realiza con el Modelo 303 y se autoliquida y posteriormente a final de año se tiene que presentar la declaración informativa del resumen anual del IVA que es el Modelo 390.
En cuanto al IRPF - Respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, puedes escoger entre dos métodos.
Estimación objetiva (módulos) - el rendimiento se calcula en función de unos módulos a los cuales se les aplica porcentajes que reflejan el rendimiento final.
Estimación directa - se tributa directamente sobre los ingresos menos gastos, sin considerar otros factores.
Por norma general, nosotros nos hemos encontrado de manera habitual, con Taxistas que tributan en Estimación Objetiva y Régimen Simplificado de IVA, te hacemos una serie de recomendaciones_
Date de alta como autónomo en la Seguridad Social, (pregunta si tienes alguna bonificación)
Emite tus facturas correctamente.
Presentamos tus declaraciones trimestrales y anuales (IVA e IRPF).
Tendrás que informar y declarar tu actividad del taxi en la Declaración de la Renta.
Guarda y conserva tus registros y los recibos.
Te asesoramos de manera online cualquier duda.
O escríbenos por WhatsApp