Modelo 180 - Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual.

El Modelo 180 es un documento informativo anual que resume los rendimientos derivados de ciertas rentas provenientes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Esta declaración consolida la información recopilada en los modelos 115 que deben ser presentados de forma trimestral.

3/20/20242 min read

modelo 180 declaracion anual alquileres
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Descripción del Modelo 180

El Modelo 180 es un documento informativo anual que resume los rendimientos derivados de ciertas rentas provenientes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Esta declaración consolida la información recopilada en los modelos 115 que deben ser presentados de forma trimestral.

En términos simples, el Modelo 180 proporciona a la Hacienda Pública la información sobre las retenciones realizadas por el alquiler de espacios destinados a actividades económicas durante el año natural anterior.

¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 180?

Están obligadas a presentar el Modelo 180 las personas físicas o jurídicas, incluidas las Administraciones Públicas, que, estando sujetas a retención o ingreso a cuenta del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, paguen rentas sujetas a dichas retenciones o ingresos a cuenta.

¿Qué rentas deben ser incluidas en este modelo?

  1. Rendimientos del capital inmobiliario y de actividades económicas derivadas del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos sujetos a retención o ingreso a cuenta para los perceptores contribuyentes del IRPF. Los rendimientos del capital mobiliario se declaran en el modelo 193.

  2. Rentas provenientes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos sujetos a retención o ingreso a cuenta para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, así como para los establecimientos permanentes de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

¿Cuándo se debe presentar el Modelo 180?

El plazo de presentación del Modelo 180 varía según el método de presentación:

  • Impreso: del 1 al 20 de enero para las cantidades retenidas e ingresos a cuenta correspondientes al año natural anterior.

  • Certificado digital o DNI electrónico: del 1 al 31 de enero.

A través del programa de ayuda de la Agencia Tributaria: del 1 al 31 de enero.

¿Dónde se presenta el Modelo 180?

Generalmente, la presentación se realiza en la Delegación o Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del declarante. También se puede realizar a través de entidades financieras si se presenta junto con la declaración-documento de ingreso de retenciones e ingresos a cuenta (modelo 115) y resulta a ingresar.

¿Cómo cumplimentar el Modelo 180?

  • Datos del declarante: identificación, domicilio fiscal, etc.

  • Declaración complementaria o sustitutiva.

  • Resumen de los datos: número total de perceptores, sumas de las bases imponibles y resultados.

  • Detalles de los perceptores: identificación, nombre, modalidad de renta, base de retenciones e ingresos a cuenta, etc.

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