Las declaraciones informativas son obligaciones tributarias que no suponen un pago de impuestos, pero cuya omisión o error puede generar sanciones significativas y, sobre todo, alertar a Hacienda sobre posibles discrepancias en las declaraciones liquidatorias (IVA, IRPF, IS).
En este artículo repasamos las principales declaraciones informativas que afectan a autónomos y empresas en España.
Qué son las declaraciones informativas
Las declaraciones informativas son comunicaciones a la AEAT de determinadas operaciones o datos sin que ello implique autoliquidación de impuesto alguno. Su función es doble:
- Para el contribuyente declarante: Cumplir con la obligación formal.
- Para la AEAT: Obtener información que contrasta con lo declarado por los terceros involucrados en esas operaciones.
Si los importes declarados en una declaración informativa no cuadran con lo declarado en las liquidaciones del IVA o IRPF, la AEAT puede iniciar una comprobación.
Modelo 347: operaciones con terceros
Quién presenta
Autónomos y empresas que durante el año hayan realizado operaciones con un mismo proveedor o cliente que superen los 3.005,06 € anuales en total.
Qué se declara
El NIF de cada contraparte, el importe total anual de las operaciones con esa persona/entidad, separado por trimestres y por tipo de operación (ventas vs. compras, operaciones en metálico, operaciones con inversión del sujeto pasivo, alquileres de inmuebles…).
Qué no se incluye
- Operaciones que ya se declaran en el resumen de retenciones (modelo 190).
- Operaciones en el modelo 349 (intracomunitarias).
- Operaciones en las que no hay obligación de identificar al destinatario en la factura (por ejemplo, ventas con ticket a particulares). Las operaciones con particulares que sí se identifican en factura se declaran si superan el umbral.
- Operaciones inferiores a 3.005,06 € anuales con la misma contraparte.
Plazo
Febrero del año siguiente al ejercicio declarado.
Consecuencias de no presentar
Sanción formal que, con carácter general, es de 20 € por dato o conjunto de datos omitido, con un mínimo de 300 €. Cuando los datos inexactos o incompletos se refieren a importes, la sanción puede calcularse como un porcentaje de las cantidades afectadas.
Modelo 190: resumen anual de retenciones sobre trabajo y profesionales
Quién presenta
Toda empresa o autónomo que haya practicado retenciones durante el año:
- A sus trabajadores (nóminas).
- A profesionales o autónomos que les han facturado con retención.
Qué se declara
Un registro por cada perceptor con: NIF, nombre, clave de renta, importe bruto pagado, retención practicada e ingresada.
Plazo
Hasta el 31 de enero del año siguiente.
Por qué es importante
El 190 es la declaración que Hacienda usa para confeccionar el borrador del IRPF de los trabajadores y profesionales. Si el 190 contiene errores, el borrador del trabajador puede estar mal, y el empresario puede recibir requerimientos de coherencia.
Modelo 180: resumen anual de retenciones sobre alquileres
Quién presenta
Autónomos y empresas que hayan pagado alquileres a personas físicas y practicado la retención del 19%.
Qué se declara
Similar al 190 pero sobre retenciones de arrendamientos. Se declara el arrendador (NIF, nombre, dirección del inmueble, importe del alquiler, retención practicada).
Plazo
Hasta el 31 de enero.
Modelo 349: operaciones intracomunitarias
Quién presenta
Autónomos y empresas que hayan realizado entregas o adquisiciones de bienes o servicios con operadores de otros países de la UE (con NIF intracomunitario).
Qué se declara
El NIF intracomunitario del cliente o proveedor, el país, el importe de las operaciones y el tipo (entrega, adquisición, triangular).
Periodicidad
Mensual si el importe supera 50.000 € en el trimestre; trimestral si no supera ese umbral; anual en otros casos.
Plazo
En los 20 primeros días del mes siguiente al periodo declarado (para el cuarto trimestre o diciembre, hasta el 30 de enero).
Modelos 196 y 171: información bancaria
No los presenta el contribuyente, sino las entidades financieras: el 196 informa de los saldos y rendimientos de las cuentas de sus clientes, y el 171 de los ingresos, retiradas de efectivo y cobros de documentos.
Cruce de información: por qué son tan importantes
La AEAT tiene un sistema de cruce de información muy sofisticado. Cuando presentas el 303 (IVA), el sistema contrasta las ventas declaradas con los 347 presentados por tus clientes. Si un cliente tuyo ha declarado en su 347 que te pagó 100.000 € y tú solo has declarado 80.000 € en el IVA, hay una discrepancia que genera una alerta.
Este cruce es uno de los principales mecanismos de detección de omisiones e irregularidades tributarias.
¿Necesitas ayuda con la presentación de declaraciones informativas o tienes dudas sobre qué está obligado a declarar tu actividad? Consúltanos.
Este artículo tiene carácter informativo. Las obligaciones formales varían según la actividad y el régimen fiscal de cada contribuyente.